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title: "ReNaPDiS: qué es el registro de plataformas aprobadas por el Ministerio de Salud y cómo verificar una"
description: "ReNaPDiS es el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias del Ministerio de Salud: qué es, por qué la receta electrónica solo vale emitida desde plataformas inscriptas, y cómo verificar paso a paso en el listado oficial si un software está aprobado."
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last_updated: "2026-09-11"
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# ReNaPDiS: qué es el registro de plataformas aprobadas por el Ministerio de Salud y cómo verificar una

ReNaPDiS es el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias del Ministerio de Salud: qué es, por qué la receta electrónica solo vale emitida desde plataformas inscriptas, y cómo verificar paso a paso en el listado oficial si un software está aprobado.

Por Equipo MedicAI. Publicado: 2026-08-11. Actualizado: 2026-09-11. Categoría: Legal.

## Un registro público responde una pregunta legal

Si prescribís en Argentina, la ley no te pregunta si querés usar receta electrónica: te exige emitirla desde una **plataforma habilitada**. Y la forma de saber si una plataforma está habilitada no es la palabra del proveedor, ni un sello en su página web: es un **registro público del Estado** que cualquiera puede consultar en menos de un minuto.

Ese registro es el **ReNaPDiS**, y su [listado oficial de plataformas aprobadas](https://www.argentina.gob.ar/salud/digital/renapdis/plataformas-aprobadas-por-el-ministerio-de-salud-de-la-nacion) es la fuente primaria que deberías verificar antes de elegir (o seguir usando) cualquier software de prescripción. Esta guía explica qué es el registro, por qué te obliga y cómo leerlo.

## Qué es el ReNaPDiS y quién lo administra

El **ReNaPDiS (Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias)** fue creado por la **Resolución 1959/2024 del Ministerio de Salud de la Nación**. Funciona en el ámbito de la Subsecretaría de Vigilancia Epidemiológica, Información y Estadísticas de Salud, con la coordinación técnica y operativa de la **Dirección Nacional de Sistemas de Información Sanitaria**.

Su objeto, según el artículo 1° de la resolución, es inscribir "los sistemas de información y plataformas digitales vinculados a la salud digital", para promover sistemas que mejoren la calidad y accesibilidad de la salud y **favorecer la interoperabilidad entre ellos**, velando por la seguridad de la información.

En el ReNaPDiS pueden registrarse plataformas de prescripción, repositorios de recetas digitales, diccionarios digitales de medicamentos, sistemas de teleasistencia, de validación de medicamentos y de administración de farmacia, entre otros (art. 3°). La misma resolución creó además el **Registro de Recetarios Electrónicos** —donde deben inscribirse las plataformas que emiten recetas electrónicas o digitales (art. 6°)— y la **CUIR (Clave Única de Identificación de Recetas)**, que identifica cada receta de forma unívoca (art. 11).

El resultado visible para el público es el listado de **plataformas aprobadas por el Ministerio de Salud de la Nación**: una tabla con cientos de inscripciones donde cada fila muestra número de registro, nombre de la empresa, razón social, sitio web, tipo de registro y estándar.

## Por qué te importa como médico

Porque la obligación no es de las empresas de software: es del circuito completo de prescripción, y eso te incluye.

- La **Ley 27.553** (texto según el DNU 70/2023) establece en su artículo 1° que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, "solo puedan ser redactadas y firmadas a través de plataformas electrónicas habilitadas a tal fin" ([texto vigente en InfoLEG](https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/340000-344999/340919/texact.htm)).
- Desde el **1 de enero de 2025**, la receta electrónica es la única modalidad válida para prescribir medicamentos en todo el país, salvo las excepciones previstas por la normativa (Decreto 345/2024 y Resolución 5744/2024, que completaron la implementación de la ley).
- La **Resolución 2214/2025** ([Boletín Oficial, 21/07/2025](https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/328614/20250721)) extendió el régimen a **todas las indicaciones** —estudios, prácticas, procedimientos, dispositivos médicos y medicamentos de expendio bajo receta archivada o legalmente restringido— y dispuso en su artículo 3° que las prescripciones deben emitirse **exclusivamente** a través de plataformas registradas en el ReNaPDiS.

La consecuencia práctica: un sistema que genera un PDF con aspecto de receta pero **no figura en el registro** está fuera del circuito que la normativa exige. La verificación en el listado oficial no es un detalle administrativo — es la diferencia entre prescribir dentro o fuera del marco legal. El marco completo de la receta electrónica (firma, datos obligatorios, medicamentos controlados) lo desarrollamos en [la guía de receta electrónica en Argentina](https://www.medicai.com.ar/blog/receta-electronica-argentina-2026), y el resto del marco digital de la consulta — teleconsulta incluida — en [la guía legal de telemedicina en Argentina](https://www.medicai.com.ar/blog/telemedicina-argentina-legal-2026).

## Tipos de registro: Recetario y Repositorio

En la columna "Tipo de registro" del listado vas a encontrar dos valores principales, que corresponden a dos roles distintos del circuito:

| Tipo de registro | Qué hace                                                                                                          |
| ---------------- | ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- |
| **Recetario**    | La plataforma donde el profesional **redacta y firma** la receta electrónica o digital (art. 6°, Res. 1959/2024). |
| **Repositorio**  | La plataforma que **resguarda** la receta emitida (art. 2°, Res. 2214/2025).                                      |

Sobre los repositorios, la Resolución 2214/2025 fija en su artículo 2° un resguardo mínimo de **3 años** en archivo digital para las recetas de medicamentos de expendio bajo receta archivada o legalmente restringido; y, según los considerandos de la misma resolución, los repositorios deben presentarse **abiertos a todas las plataformas de prescripción**, en función del financiador o cobertura de salud del paciente — es decir, un recetario no puede quedar "atado" a un repositorio cerrado.

Una misma empresa puede tener más de una inscripción (por ejemplo, un recetario y un repositorio, cada uno con su propio número de registro). Para el médico que prescribe, el tipo que importa verificar en su software es **Recetario**.

## Cómo verificar una plataforma, paso a paso

Tomemos un ejemplo real: verificar MedicAI.

1. **Entrá al listado oficial**: [Plataformas aprobadas por el Ministerio de Salud de la Nación](https://www.argentina.gob.ar/salud/digital/renapdis/plataformas-aprobadas-por-el-ministerio-de-salud-de-la-nacion) (argentina.gob.ar — no un sitio de terceros).
2. **Buscá por palabra clave**: la tabla tiene un buscador. Escribí el nombre de la plataforma, por ejemplo "MedicAI".
3. **Verificá la fila completa**, no solo el nombre:

| Nº  | Nombre de la empresa | Razón social  | Sitio web                  | Tipo de registro | Estándares |
| --- | -------------------- | ------------- | -------------------------- | ---------------- | ---------- |
| 292 | MedicAI              | MEDICAI S.A.S | https://www.medicai.com.ar | Recetario        | HL7 FHIR   |

4. **Confirmá la razón social y el sitio web**, no solo el nombre comercial. En el registro conviven nombres muy parecidos de **empresas distintas**: la misma búsqueda de "medicai" también devuelve **"Medicaia"**, de la firma ZCX SRL (registro N° 231, tipo Repositorio) — otra empresa, otro producto, otro sitio web. Si el nombre coincide pero la razón social o el dominio no son los del proveedor que estás evaluando, no es la misma plataforma.
5. **Mirá el tipo de registro y el estándar**: para prescribir necesitás que el software esté inscripto como **Recetario**; el estándar declarado (HL7 FHIR, JSON no FHIR, ADESFA u otros) te dice con qué criterio de interoperabilidad se registró.

Cinco datos, una fuente estatal, cero ambigüedad. Cualquier afirmación de "estamos aprobados" se comprueba o se cae contra esa tabla. En el caso del ejemplo, la inscripción se corresponde con el uso real: hoy los profesionales emiten recetas electrónicas desde MedicAI, con firma electrónica y un QR de verificación pública ([cómo funciona la receta electrónica en MedicAI](https://www.medicai.com.ar/receta-electronica)).

## Qué es HL7 FHIR, en una línea

**HL7 FHIR** (Fast Healthcare Interoperability Resources) es el estándar internacional de HL7 para intercambiar información de salud entre sistemas — el mismo que usan las historias clínicas interoperables modernas, y uno de los estándares que el ReNaPDiS releva para cada plataforma inscripta. Por qué importa la interoperabilidad en la historia clínica lo explicamos en [la guía de historia clínica electrónica y la Ley 26.529](https://www.medicai.com.ar/blog/historia-clinica-electronica-ley-26529).

## Preguntas frecuentes

### ¿Es obligatorio usar una plataforma aprobada?

Sí. La Ley 27.553 (texto según DNU 70/2023) establece que las prescripciones solo pueden redactarse y firmarse a través de plataformas electrónicas habilitadas, y la Resolución 2214/2025 dispone que las prescripciones se emitan exclusivamente en formato electrónico o digital a través de plataformas registradas en el ReNaPDiS. Esto alcanza a medicamentos y, desde la Resolución 2214/2025, también a estudios, prácticas, procedimientos y dispositivos médicos.

### ¿Cómo sé si mi software está aprobado?

Buscalo en el listado oficial de plataformas aprobadas del ReNaPDiS (argentina.gob.ar) por nombre de empresa o razón social. Verificá la fila completa: número de registro, razón social, sitio web, tipo de registro (Recetario para prescribir) y estándar. Si el proveedor dice estar aprobado pero no aparece, pedile el número de registro exacto y contrastalo contra la tabla oficial.

### ¿MedicAI está aprobada?

Sí. MedicAI es una plataforma aprobada por el Ministerio de Salud de la Nación en el ReNaPDiS, con **registro N° 292**, razón social **MEDICAI S.A.S**, sitio web https://www.medicai.com.ar, tipo de registro **Recetario** y estándar **HL7 FHIR**. Podés verificarlo en el [listado oficial](https://www.argentina.gob.ar/salud/digital/renapdis/plataformas-aprobadas-por-el-ministerio-de-salud-de-la-nacion). Además de figurar en el registro, MedicAI emite recetas electrónicas: desde la ficha del paciente, con medicamento por nombre genérico, firma electrónica con segundo factor y QR de verificación pública (detalle en [medicai.com.ar/receta-electronica](https://www.medicai.com.ar/receta-electronica)). No confundir con "Medicaia" (ZCX SRL, registro N° 231): es una empresa distinta.

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